El pdf que adjunto sobre «Dispositivos de alumbrado y señalización óptica» del sitio interior.gob.es indica que la iluminación interior es opcional. Sólo obligatoria para vehículos de transporte público, al margen de las tablas que muestra para otro tipo de vehículos como motocicletas, remolques o vehículos agrícolas. La única obligación que visto es que la iluminación interior no debe deslumbrar ni ser intermitente.
Yo tengo iluminación delante y detrás en la zona de pies y en las manillas interiores. Son lo suficientemente tenues como para no apreciarlas por el día y no recordar que las llevas encendidas durante la noche a no ser que te fijes expresamente o te lo recuerde algún pasajero emocionado
Así que lo que te han contado suena a milonga para lavarse las manos. Se limitan a seguir las instrucciones de instalación que vienen con el accesorio y se evitan futuros posibles problemas. A mi me las pusieron en un taller Hyundai.