Da igual que ponga o no descuento y el motivo por el que te lo hacen. Lo importante es que exista alguna cláusula que establezca claramente que, en caso de cancelar el préstamo, debes devolver todo o parte del descuento. Cualquier otra cosa es dejar a la libertad del concesionario hacer lo que le dé la gana, lo que no sería legal ni exigible por su parte.
Un contrato es un contrato, y tiene su clausulado. La relación entre el concesionario y tú se rige por ese contrato y, en su defecto, por lo que establezca la ley, teniendo también en cuenta que el contrato nunca puede ir en contra de la ley. Por ejemplo, tu no estás obligado a mantener el préstamo todo el tiempo por el que lo hayas acordado, eso va en contra de la ley, y lo puedes cancelar en el momento en que quieras, es así. Otra cosa es que exista una cláusula que indique que, en caso de cancelarlo antes del tiempo, o de un periodo mínimo de tiempo, tengas que devolver todo o parte del descuento o, como ocurre con al financiera, tengas una penalización.