En el Punto 6 del Programa "Compromiso Devolución Hyundai", dice: "Solamente se admitirá la devolución de un vehículo por unidad familiar, como está registrado en el libro de familia".
Me parece una clausula abusiva y la cual en un juzgado te la desmontan rápido (acabo de hablar con un familiar que es abogado), básicamente por lo siguiente: "El acuerdo entre las partes no puede incluir personas/empresas que difieran de las que establecen la compra/venta del vehículo".
Muchas veces nos encontramos con cláusulas abusivas en los contratos, y esta es una de ellas. Imaginad que vais tu Padre y tu a comprar un Hyundai, tu padre lo compra en Barcelona (donde reside) y tu lo compras en Sevilla (donde resides con tu mujer e hijos). Si por lo que sea, tu Padre y tu pensaos que no os convence el coche que habéis comprado, el contrato no puede introducir cláusulas a otras personas que no han pertenecido al contrato previamente firmado. Por lo tanto, no es una cláusula mas, es una cláusula abusiva, que en el caso de que ocurriese, cualquier juzgado os daría la razón. O se puede dar el caso con tu mujer, misma unidad familiar pero ha comprado otro Hyundai. Seguiría siendo ilegal.
Así que, ya lo sabeis...
PD: También pasa mucho con los contratos de las telecomunicaciones (penalizaciones etc...), que aunque vengan en el contrato firmado, en cuanto lo pasas a Consumo, ya se olvidan de ella y te dejan en paz, sin falta de ir al juzgado.